Decreto por el que se modifican los nuevos límites geográficos de los arciprestazgos de nuestra diócesis de Almería

 De este modo, la distribución de las doscientas dieciséis parroquias actualmente existentes en la diócesis, sin que nada obste al crecimiento del número de parroquias, algunas de las cuales se hallan en proceso de configuración, queda de la siguiente manera distribuidas en los siguientes Arciprestazgos según el mapa anexo:


  1. Arciprestazgo de la Virgen del Mar (Almería Oeste). Incluye las trece parroquias siguientes: San Roque, Santa María de Belén, San Juan Evangelista, San Pedro Apóstol, Santiago Apóstol, San Sebastián, San Agustín, San Francisco de Asís, San Ildefonso, San José, Santa María de los Ángeles, Espíritu Santo y Santa Teresa de Jesús.
  2. Arciprestazgo del Mártir Diego Ventaja (Almería Este). Incluye las trece parroquias siguientes: San Ignacio de Loyola, El Buen Pastor, Nuestra Señora de Araceli, San Luis Gonzaga, San Isidro Labrador, Santa María Magdalena, Santa María Madre de Dios, Jesucristo Redentor, Santísima Trinidad, Nuestra Señora de Montserrat, San Antonio de Padua, San Pablo, San Pío X.
  3. Arciprestazgo de San Indalecio. Incluye estas cuarenta y una parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Abla, Abrucena, Alboloduy, Alhabia, Alhama de Almería, Alicún, Almócita, Alsodux, Benahadux, Beires, Bentarique, Canjáyar, Castro de Filabres, Fiñana, Gádor, Huécija, Íllar, Instinción, Nacimiento, Ohanes, Olula de Castro, Padules, Pechina, Rágol, Rioja, Santa Cruz de Marchena, Santa Fe de Mondújar, Senés, Tabernas, Terque, Turrillas, Velefique y Viator, y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

– Del municipio de Gérgal: Gérgal, Las Alcubillas y Aulago.

– Del municipio de Huércal de Almería: Huércal de Almería y La Fuensanta.

– Del municipio de Las Tres Villas: Escúllar, Doña María y Ocaña.

  1. Arciprestazgo de Roquetas de Mar. Incluye estas diecinueve parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Felix, y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

– Del municipio de El Ejido: San Agustín.

– Del Municipio de Enix: Enix y El Marchal de Enix.

– Del municipio de La Mojonera: La Mojonera y El Viso.

– Del municipio de Roquetas de Mar: Nuestra Señora del Rosario, San Juan Bautista, Santa Ana y San Joaquín; Nuestra Señora del Carmen y Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo de Aguadulce, Cortijos de Marín, El Parador, El Solanillo y Las Marinas.

– Del municipio de Vícar: Vícar, Las Cabañuelas, La Gangosa, Los Llanos de Vícar, Puebla de Vícar.

  1. Arciprestazgo de El Ejido-Alpujarra. Incluye estas veintinueve parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Balanegra, Bayárcal, Laujar de Andarax, Paterna del Río, y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

– Del municipio de Adra: Adra, La Alquería, La Curva, Guainos y Puente del Río.

– Del municipio de Alcolea: Alcolea, Darrícal y Lucainena de Darrícal.

– Del municipio de Berja: Berja, Alcaudique, Benejí, Hirmes, San Roque.

– Del municipio de Dalías: Dalías y Celín.

– Del municipio de El Ejido: San Isidro Labrador; Santo Domingo de Guzmán; Santa María de la Paz; Almerimar, Balerma; Las Norias de Daza y Santa María del Águila.

– Del municipio de Fondón: Fondón, Benecid y Fuente Victoria.

  1. Arciprestazgo del Campo de Níjar. Incluye estas dieciséis parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Carboneras, y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

– Del municipio de Almería: Cabo de Gata, Costacabana, Cuevas de los Medinas, El Alquián, La Cañada de San Urbano, Los Llanos de la Cañada y Retamar.

– Del municipio de Lucainena de las Torres: Polopos.

– Del municipio de Níjar: Níjar, Campohermoso, El Barranquete, Fernán Pérez, Huebro, Pozo de los Frailes y San Isidro.

  1. Arciprestazgo de Vera. Incluye estas diecinueve parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Bédar, Garrucha, Los Gallardos, Lucainena de las Torres, Mojácar, Turre, Uleila del Campo, Vera y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

– Del municipio de Antas: Antas y Aljariz.

– Del municipio de Cuevas del Almanzora: Cuevas del Almanzora; Las Herrerías-Villaricos y Palomares.

– Del municipio de Lubrín: Lubrín, El Chive y El Marchal.

– Del municipio de Sorbas: Sorbas, Gafarillos y La Huelga.

  1. Arciprestazgo del Río Almanzora. Incluye estas cuarenta y tres parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Albanchez, Alcudia de Monteagud, Armuña de Almanzora, Bacares, Bayarque, Benitagla, Benizalón, Cóbdar, Chercos, Fines, Laroya, Líjar, Lúcar, Macael, Olula del Río, Partaloa, Purchena, Sierro, Somontín, Suflí y Urrácal, y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

-Del municipio de Albox: Santa María, La Inmaculada Concepción, Llano del Espino, Llano de los Olleres y Las Pocicas.

– Del municipio de Alcóntar: Alcóntar e Hijate.

– Del municipio de Cantoria: Cantoria y Almanzora.

– Del municipio de Oria: Oria, La Rambla de Oria y Los Cerricos.

– Del municipio de Serón: Serón, Angosto, Fuencaliente y La Loma de Serón.

– Del municipio de Taberno: Taberno y Los Pardos.

– Del municipio de Tahal: Tahal y Benitorafe.

– Del municipio de Tíjola: Tíjola y El Higueral.

  1. Arciprestazgo de Los Vélez/Huércal-Overa. Incluye estas veintitrés parroquias con sus correspondientes comunidades anejas: Arboleas, Vélez Rubio y Zurgena y las parroquias siguientes ubicadas en un mismo municipio:

– Del municipio de Cuevas del Almanzora: Guazamara.

– Del municipio de Chirivel: Chirivel y El Contador.

– Del municipio de Huércal Overa: Huércal Overa, El Puertecico, El Saltador, Góñar, Las Norias, Overa, Perulera-Santopétar (del municipio de Taberno), San Isidro, Santa María de Nieva y Úrcal.

– Del municipio de María: María y Cañadas de Cañepla.

– Del municipio de Pulpí: Pulpí y San Juan de los Terreros.

– Del municipio de Vélez Blanco: Vélez Blanco y Topares.

Próximamente se dotará a los arciprestazgos de un Estatuto pastoral que pueda ayudar a concretar y organizar el trabajo pastoral común en ellos.

Esta nueva configuración de las delimitaciones de los arciprestazgos se adjunta en mapas anexos a este Decreto, que abroga los anteriores Decretos mencionados 07/2004 y 14/2009.

Dese traslado de este Decreto a todos los fieles de la Iglesia que camina en Almería, y publíquese en el Boletín oficial del Obispado de Almería.

Dado en Almería, a veinticinco de julio de dos mil veintitrés.

Solemnidad de Santiago Apóstol, Patrono de España.

+ Antonio Gómez Cantero

Comentarios