15 DE AGOSTO. SOLEMNIDAD DE LA ASUNCION DE SANTA MARIA, VIRGEN. DOGMA DE FE.

 

CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA

MUNIFICENTISSIMUS DEUS

DEL SUMO PONTÍFICE PÍO XII

SE DEFINE COMO DOGMA DE FE LA ASUNCIÓN CORPORAL DE LA VIRGEN MARÍA AL CIELO

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“44. Por tanto, después de elevar a Dios muchas y reiteradas preces e invocar la luz del Espíritu de la Verdad, para gloria de Dios omnipotente, que otorgó a la Virgen María su peculiar benevolencia; para honor de su Hijo, Rey inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte; para acrecentar la gloria de esta misma augusta Madre y para gozo y alegría de toda la Iglesia, por la autoridad de Nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo y por la nuestra, pronunciamos, declaramos y definimos ser dogma de revelación divina que la Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida terrena, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celeste.
45. Por eso, si alguno, lo que Dios no quiera, osase negar o poner en duda voluntariamente lo que por Nos ha sido definido, sepa que ha caído de la fe divina y católica.”
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Nos, PÍO,
Obispo de la Iglesia católica, definiéndolo así, lo hemos suscrito.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el año del máximo Jubileo de mil novecientos cincuenta, el día primero del mes de noviembre, fiesta de Todos los Santos, el año duodécimo de nuestro pontificado.


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